domingo, 22 de abril de 2012

¿ Ques es el C.U.D.?


l Certificado Único de Discapacidad es un documento público. 

Es la llave de acceso al Sistema de Salud y a los beneficios instituidos por la normativa en la materia, para las personas con discapacidad.



¿Cómo es el trámite?

El trámite es voluntario y consta de una evaluación interdisciplinaria en la que los profesionales determinarán, de acuerdo a la documentación presentada por el interesado, si se encuadra o no dentro de las normativas vigentes de certificación de discapacidad.

La persona interesada en tramitar un CUD debe dirigirse, de acuerdo al domicilio que figura en su DNI, a la Junta Evaluadora correspondiente. ver normativas en http://www.snr.gov.ar/publicacion.php?id=17

¿DONDE TRAMITAR EL CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD?

ver lugares segun lugar de residencia en http://www.snr.gov.ar/publicacion.php?id=19

Beneficios y tramites relacionados con el C.U.D.

SALUDSi usted posee una cobertura de salud por Obra Social o Medicina Prepaga, tiene acceso al 100% de la cobertura en medicación y tratamiento del diagnóstico que figura en su C.U.D. (Ley Nº 24.901).



TRANSPORTELos Decretos N° 38/2004 y N° 118/06 establecen el acceso gratuito al transporte público Nacional de corta, mediana y larga distancia en Trenes, Subtes, Colectivos y Micros.

Para acceder a la gratuidad en los Colectivos de la Línea 1 a la 199 y Micros de larga distancia debe dirigirse a la Secretaría Nacional de Transporte. 
Dirección: Paseo Colón 135 (CABA)
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 10 a 16hs.
Teléfono: 4-349-7135

Para obtener el acceso gratuito a los Colectivos de la Línea 200 a 464 debe dirigirse a la Municipalidad correspondiente a su domicilio (en los horarios de atención al público), o bien a la Dirección Provincial de Transporte.
Dirección: Av. Nº 7 e/ 58 y 59, La Plata
Horario de Atención: Martes y Jueves de 8 a 12hs
Teléfono: 0221-429-4900
Si usted reside en otra Provincia, debe consultar en la Junta Evaluadora que emitió el C.U.D. Para ello ingrese AQUÍ



SÍMBOLO INTERNACIONAL DE ACCESOLa Ley Nº 19279, modificatorias y Decreto Nº 1313/93, garantiza a las personas con discapacidad el derecho de libre transito y estacionamiento con total prescindencia del automotor en el cual se traslade. El trámite se realiza en el Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250). Para más información visite la sección AUTOMOTORES - LEY Nº 19279.





TRÁMITES RELACIONADOS


ASIGNACIONES FAMILIARESPara conocer los requisitos de acceso a este beneficio, consulte en ANSES  http://www.anses.gob.ar

Más Información: CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD Y ASIGNACIONES FAMILIARES



EXIMICIÓN DE IMPUESTOS MUNICIPALESPara conocer los requisitos de acceso a este beneficio, consulte en Acción Social de su Municipio.



TURISMOPara conocer los requisitos de acceso a este beneficio, consulte en:
Dirección: Av. Rivadavia 2279 Planta Baja (CABA)
Tel. 4953-0986/4160/3793 4951-6099/4865
Por correo electrónico a: turisocial@turismo.gov.ar
http://www.turismo.gov.ar/esp/menu.htm







INFORMACIÓN DE UTILIDAD


ASESORÍA LEGAL
Para asesorarse sobre legislación vigente en materia de discapacidad, consulte en

Consejo para las Personas Discapacitadas
Calle 2 Nº 1270 entre 58 y 59 (La Plata)
(0221) 421-8592/0104
(0221) 489-6367
info@coprodis.sg.gba.gov.ar
Asesoría a particulares, Instituciones y Municipios.

COPIDIS
Cerrito 268  9º piso (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
Te.: 4010-0300
Lunes a Viernes de 9 a 18hs.




EDUCACIÓN
Para asesorarse sobre establecimientos y programas de educación para personas con discapacidad, consulte en

Dirección de Educación Especial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Esmeralda 55 6º piso
Lunes a Viernes  8 – 19.30hs       
Te.: 4339-1808 / 1830
daee@buenosaires.edu.ar

Dirección de Educación Especial de la Provincia de Buenos Aires
Calle 12 entre 50 y51 Torre 1 piso 13  (La Plata)
Lunes a Viernes 8 – 18 hs.      
Te.: 0221-429-5272 / 70 / 73
www.abc.gov.ar




EMPLEO
Para conocer los requisitos de acceso a las bolsas de empleo para personas con discapacidad de los Organismos del Estado, consulte en

Ministerio  de Trabajo de la Nación
Av. L.N Alem 628 PB
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Lunes a jueves de 11-16hs   
Te.: 4-310-5878/5879/5891
www.trabajo.gov.ar      

Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires
Calle 7 Nº 222 entre 36 y 37 (La Plata)
Lunes a Viernes de 8 -16.30hs.      
Te.: 0221-429-3600
Consulte la delegación de su Municipio.
www.trabajo.gba.gov.ar

Copidis
Registro Laboral para empleo en el Sector Público del Gobierno de la Ciudad.
Lima 221 PB (CABA)
Lunes a Viernes de 10-16 hs.  
Te.: 5371-4942
El solicitante debe tener domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires





Contacto
Dirección:
Ramsay 2250 o Dragones 2201 (C1428BAJ)
Localidad:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Centro de Atención Telefónica:
0800-555-3472
Conmutador:
(5411) 4789-5200
Email:
info@snr.gov.ar



FUENTE SNR

miércoles, 11 de abril de 2012

Entre Rios - Pedirán la reglamentación de la ley de discapacidad

A través de un proyecto de resolución, se pedirá la reglamentación de la ley provincial 9891 de discapacidad, que se sancionó en 2009 y aún no se puso en marcha, adelantó a AIM la legisladora y autora del proyecto, Emma Bargagna (FAP-GEN), quien añadió que la iniciativa será presentada este miércoles en la sesión de la Cámara de Diputados.
En diálogo con esta Agencia, la diputada informó que se encuentra trabajando en un proyecto de resolución que solicita la reglamentación de la ley de discapacidad, sancionada en 2009.

“Realicé algunas reuniones con asociaciones de discapacitados y con padres que están reclamando que se normalice la cuestión a través de una instrumentalización; también nos encontramos con autoridades del Iosper y con otras personas relacionadas con el tema”, detalló a AIM.

Una ley provincial que espera

El presidente de la Agrupación Discapacitados de Entre Ríos por la Igualdad de Oportunidades (Adiser), Raúl Ricardo López, recordó en una nota a AIM que la ley provincial de discapacidad 9891 se sancionó en 2009 y, desde esa época, “está a consideración del Poder Ejecutivo y esperamos su reglamentación”.
Esta norma esta sujeta a la ley nacional, ya que establece una “adhesión total” y dentro de la legislación esta contemplado el tema de la adaptación de los lugares de trabajo de acuerdo a lo que cada uno puede realizar.

Dato legislativo

La ley provincial de discapacidad declara de interés público el desarrollo integral de las personas con discapacidad, en iguales condiciones de acceso, oportunidad, características, derechos y deberes que el resto de los habitantes; conforme lo establece la ley nacional 26.378 -adhiriendo a ella en todos sus términos-.
De ese modo, la norma establece un sistema provincial de protección y promoción integral a las personas con discapacidad, tendiente a lograr la integración social y desarrollo personal, la equiparación de accesibilidad y oportunidades, y el mejoramiento de su calidad de vida satisfaciendo sus necesidades fundamentales.

Fuente: El Argentino / HF NOTICIAS  http://hfnoticias.com.ar/noticia/index/310/18118